|
Línea 22 - Tiempos desprolijos
|
A comienzos de 2012 llegó a la línea 22 un lote de unidades usadas, traídas "de apuro" para cubrir faltantes. Al vencerse la edad de varios coches y producirse una baja masiva, para evitar que se resientan las frecuencias los coches sustitutos fueron enviados a la calle con solo el frente pintado. El resto de la carrocería continuó con los colores de la antigua dueña.
Este coche es un buen ejemplo: vemos su frente pintado de 22, mientras el resta de la carrocería conserva sus viejos colores, de la línea 92
|
|
Rate this file (current rating : 2.1 / 5 with 8 votes) |
|
|
|
|
|
|
Un poco de diferencia en un parque automotor cada vez más monótono.
Tiempos desprolijos, sí, pero en cierta forma interesantes.
Así, la 182 compró el famoso 75 de la 126, y sólo pintó de azul las partes que originalmente eran negras. (De paso, qué venido a menos que está ese bote: lo vi la otra vez por Rivadavia y daba tristeza).
Y ahora la 46 le compró unos usados a Nuevos Rumbos y los puso a circular con el mismo esquema, pero en vez de azul y rojo, todo azul. En este caso, no queda tan mal.
Alguna vez pasó por una situación similar la línea 22?!!!.
Interesante foto, Germán!!!.
Saludos
* Fuente : CLARIN de hoy ,Domingo.
Menos mas que no se les ocurrió el color que le gusta a Chavez ,sino parecerían todos de PLAZA.....
La afortunada será la linea 123; si es que coincide con el Blue Sky 084...
Art. 13. — Las unidades afectadas al servicio público de transporte por automotor de pasajeros de Jurisdicción Nacional deberán respetar las pautas sobre diseño exterior que establezca la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio.
Asimismo, dicha Secretaría establecerá las especificaciones del sistema de información al usuario (interior y/o exterior) que deberán incorporar dichas unidades.
Establécese como requisito para acceder y mantener el derecho a la percepción de las compensaciones tarifarias establecidas por el artículo 4° del Decreto Nº 652/2002 y los artículos 1° y 6° del Decreto Nº 678/2006, para los prestadores de servicios de jurisdicción provincial o municipal en el ámbito del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, respetar las normas que en función del presente artículo establezca la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio vinculadas a la información a ser colocada en las unidades de autotransporte relativa a que la tarifa vigente para el público usuario es parcialmente subsidiada por los aportes que realiza el ESTADO NACIONAL a dichos fines.
Habla de las renovaciones, tarifas, subsidios pero no dice nada mas que eso. Habria que ver los anexos
boletinoficial.gov.ar