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Improvisaciones (LXXI)
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Las carteleras electrónicas de destinos con desperfectos nos dan motivos para conversar y tomar fotos de las soluciones improvisadas que se practican para salir del paso. Cada una es diferente de la otra y también los métodos de resolución que son de lo más variados y dispares.
Este Mercedes Benz OH-1618 LSB carrozado por Metalpar de la línea 172 entre los años 2012 y 2013 tiene bien a la vista la bandera en mal estado y como resolvieron el problema, de manera dentro de todo bastante más prolija que otros casos ya presentados, en los que se utilizaba un papel y marcador.
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Analicemos…
Razón Social: La Cabaña S.A.
Línea CNRT Nro.: 02108
Línea Interurbana Nro. SGI ID-00123-UC-172JN
Líneas declaradas operativas para ambas unidades:
172 SPU (Habilitada) Urbana.
Chapa Nro. 0043
CNRT habilitación hasta: UC 31/12/2023.
Carrocería:
Carrocería Marca: Metalpar S.A.
Carrocería Modelo: Iguazú II.
Carrocería tipo: Urbana piso bajo movilidad reducida sin AA
Carrocería Plano: 2009.
Medidas: Alto: 3.180 mm (Máximo c/ AA) - Largo: 11.100 mm - Ancho: 2.600 mm
Chassis:
Marca: Mercedes Benz S.A.U.
Modelo: OH 1618 L-sb/55 4x2 1S 1D
Chassis Nro.: AB368185DA142101.
Distancia entre ejes: 1ro. Y 2do. 5.500 mm
Peso Bruto Total 14.769 kg.
Rodado: 275/80 R 22.5``
Motor: Mercedes Benz
Modelo ON 904 LA III/22.
Tanque combustible: 210 Litros (Baricentro de tanque a eje trasero 1.145 mm)
Asientos:
Alternativa A: 25 más conductor y boletera a la derecha con opción al lado izquierdo.
Modelo: Este modelo tiene dos variantes de asientos: 23/25 y 27/29.
Asiento conductor: 450 x 450 con cinturón de seguridad inercial de tres puntos y apoya cabeza.
Puertas: Tres (3)
Medidas:
Delantera: 800 x 2.100 mm (libre 700 nm) Accionamiento Neumático.
Media: 1.150 x 2.100 mm (libre 900 mm) Accionamiento Neumático.
Trasera: 800 x 2.100 mm (libre 660 mm) Accionamiento Neumático.
Pendiente estribos: 8%
Rampa de pasillo de transito:
1er. Salón: Recta - 2do. Salón: Pendiente 3%.
Cajón escalón puerta trasera: 800 x 742 mm
Primer escalón: 800 x 742 x 115
Segundo escalón: 379 x 700 x 750 mm
Tercer escalón: 248 x 800 mm
Radio: Ambos R250
Altura: 205 mm (Todos los escalones).
Voladizo delantero: 2.370 mm
Altura máxima del piso: 380 mm
Voladizo trasero: 3.230 mm
Altura máxima del piso: 500 mm
Altura mínima del piso entre ejes: 400 mm
Altura mínima del piso a base escalón: 400 mm
Alternativa A: Diagrama de cargas modelo básico: En kgs.
Tara: Delantero: 3.180 - Trasero: 6.360 - Total: 9.4540
Carga Útil: Delantero 2.070 - Trasero: 3.159 - Total: 5.299
Peso Bruto: Delantera: 5.250 - Trasera: 9.519 - Total: 14.769
Masa Máxima Admisible: Delantera: 6.000 - Trasera: 10.500 - Total: 16.000
Tacógrafo Marca: No posee
Ventanillas:
Ventanillas de emergencia de vidrio templado destruibles o volcable.
Ventanilla con dos hojas móviles superiores y un sector fijo inferior.
Desplazamiento hoja móvil superior a 300 mm
Salida de emergencia luneta trasera: 1.400 mm x 650 mm (Destruible o volcable)
Domino MAC235, radicado a la fecha en:
Localidad: San Justo.
Partido: La Matanza.
Provincia: Buenos Aires.
De acuerdo a la autoridad nacional es modelo 2013.
Está habilitado para el transporte interjurisdiccional de pasajeros hasta el 16/03/2024, de acuerdo a la revisión técnica de fecha 16/09/2023, presentaba las siguientes novedades:
1-Sistema eléctrico - Sistema de iluminación y señalización exterior - Luces de Posición - Descripción libre - Observaciones: Intensidad de posición delantera derecha.
2-Sistema eléctrico - Sistema de iluminación y señalización exterior - Luces de patente - No funciona - Observaciones: Luz de patente izquierda.
Resultado: Apto.
De acuerdo al Certificado Nro.: T-872682.
Lugar de Revisión: Ruta de la Tradición 7147 - 9 de Abril - Partido: Esteban Echeverría - P.B.A.
CNRT - Historial Fiscalizaciones:
Año: 22018/2023.
Fiscalizaciones: Nueve (9)
Actas: Dos (2)
Ordenes de Trabajo: Siete (7)
a-ACTA T Nro. 805650000000000087 - Estación Ramos Mejía - P.B.A. - 21/09/2021 - 12:03.
1-Desobedecer las órdenes de la Autoridad de Aplicación o de sus agentes autorizados (por violación al aislamiento social y obligatorio), Artículo 136 del Decreto Nro. 1395/1998.
Observaciones: CVD19- Ventanillas / Aireación: Al momento de la fiscalización la unidad tiene las ventanillas cerradas, no dejando circular el aire.
b-ACTA T Nro. 806540000000000164 - Cabecera línea 142 (Textual) - 12/02/2021 - 11:10.
1-La falta de todo aquel documento o información cuya exhibición interna o externa en los vehículos fuera expresamente dispuesta por la Autoridad de Aplicación, Artículo 111 del Decreto Nro. 1395/1998.
2-Poseer aparatos radiofónicos o de reproducción de cintas grabadas, instalados o portátiles, Artículo 123 del Decreto Nro. 1395/1998.
3-Presentar deficiencias de instrumental (hasta 4 deficiencias), Artículo 105 del Decreto Nro. 1395/1998.
Debe re verificar.
Observaciones:
1-Linea 172.
SUBSANADO: Cartelería / Cuadro Tarifario: No posee.
SUBSANADO: Radio/Antena: Posee parlantes y estéreo.
SUBSANADO: LIMIT / SIST SEG Puertas: Desconectado.
Nota:
Ex líneas:
Línea Nro. 314 - Chapa Nro. 0006 - La Primera de Martínez S.A. - Línea CNRT Nro. 67087-ID17103.
Reciban Uds., todo mi respeto.
9.2.3 Conductores del transporte colectivo de pasajeros Los conductores de colectivos tienen las siguientes obligaciones: a) Deben exigir a los pasajeros el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.2.2, disponiendo el descenso inmediato de aquellos que no lo cumplan. A ese fin, el conductor puede requerir la intervención de la autoridad competente.
b) Les está prohibido el expendio de boletos o cobro del viaje en forma directa.
c) Tienen prohibido realizar aceleraciones o frenadas bruscas.
d) No deben realizar acciones que lo distraigan de la conducción.
e) No deben fumar en el interior del vehículo.
f) Deben velar permanentemente por la seguridad de los pasajeros y en especial en ocasión de su ascenso o descenso del vehículo, lo que sólo pueden realizar acercándose el máximo posible a la acera en los lugares establecidos a tal fin.
g) No permitir el ascenso o descenso de pasajeros fuera de los lugares establecidos para ello, excepto días de lluvia o entre las veintidós (22) y las seis (6) horas.
h) No circular con las puertas abiertas del vehículo.
i) No utilizar aparatos reproductores de sonido o receptores de radio.
Solo está permitido cuando las unidades están “cabinadas”, en este caso es un ómnibus de uso urbano con salón abierto.
Reciban Uds., todo mi respeto.
Recuerdo un colectivo de la 92, un 1114 El Detalle, que tenía puesto un volante deportivo chiquitito de esos de madera. El tipo contento con su volantito, pero cuando tenía que doblar le daba a los brazos de una manera cuasi brutal. Me imagino que terminaría el día con la musculatura de los brazos hecha percha... pero feliz con su volantito de madera de FIAT 128.
Hablando de carteleras led, luminosas, de acrílico, ploteadas, etc., quiero destacar el acierto de la Metropol: fondo negro y letras naranja, ploteado. Se leen perfectamente incluso cuando les pega el sol.
En el punto de ramaleras led estoy de acuerdo con todos y especialmente con Gastón, me pasó lo mismo y con el 378. Solíamos tomar el Lafe x Spiro cartel naranja, y con las electrónicas es todo igual y a veces hay que tratar de acertar.
Hay un 172 que tiene ramalera electrónica pero muy piola: reproduce los colores de la original. Punto a favor.