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Recuerdo cordobés de la segunda mitad de los '80
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Estamos ante un ejemplar de la empresa Córdoba COATA aún sin estrenar, fotografiado en los playones de la carrocera que lo fabricó, la rosarina San Antonio.
Lo vemos de perfil perfecto e inmaculado, aún sin rodar. Fue fabricado en 1986 y su modelo corresponde al "Imperial III Futuro", un verdadero clásico de la segunda mitad de los años 80. Su chasis es un Scania K-112. Agradecemos la confirmación de este dato por parte de los amigos expertos largadistancieros del grupo.
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Razón Social: Empresa Córdoba S.R.L.
Nombre de fantasía y/p comercial: Empresa “Córdoba” – “Córdoba SRL – COATA SA”.
Fundada:
1949 - Empresa Córdoba S.R.L. de Transporte Automotor de Pasajeros y Encomiendas.
Sede:
Localidad: Boulevard España 272 - Villa María
Departamento: General San Martín
Provincia: Córdoba
1962 - Empresa Córdoba S.R.L.
Sede Actual:
Localidad: Marcelo T. de Alvear 448 Planta Baja - Córdoba de la Nueva Andalucía
Departamento: Capital
Provincia: Córdoba
Líneas CNRT Nro.: 67043 - No posee unidades habilitadas.
Análisis de líneas provinciales
Prestador: Empresa Córdoba S.R.L.
Año: 1982
Boletería: N.E.T.O.C. - Ventanilla Nro. 21.
Línea:
Desde: Corral de Bustos-Ifflinger (*) - Departamento: Marcos Juárez - Provincia: Córdoba.
Hasta: Pacanas - Departamento: Unión - Provincia: Córdoba.
Combinaciones del servicio: No posee.
Servicios diarios: Dos (2)
Ramalera: Local.
Itinerario de viaje:
A-Provincia de Córdoba.
Departamento Marcos Juárez: Corral de Bustos-Ifflinger - 15:10 hs. - Salida.
1-Ruta Provincial Nro. 11.
Departamento Marcos Juárez: Capitán General Bernardo O'Higgins - 15:21 - PT.
Departamento Marcos Juárez: Acceso a Colonia Italiana - 15:22 - SP. (**)
Departamento Marcos Juárez: Acceso empalme RP Nro. 12 a Arias >
Departamento Marcos Juárez: Acceso empalme RP Nro. 58 a < Inriville.
Departamento Marcos Juárez: Isla Verde - 15:31 - PT.
Departamento Marcos Juárez: Zona rural inundable.
Departamento Unión: Monte Maíz - 15:50 - PT.
Departamento Unión: Cruce río Saladillo.
Departamento Unión: Cruce RP Nro. 3 a Colonia Bismark y Canals >
Departamento Unión: Wenceslao Escalante - 16:08 - PT.
Departamento Unión: Cruce RP Nro. 3 a <Justiniano Posse y Bell Ville.
Departamento Unión: Laborde - 16:22 - PT. (***)
Departamento Unión: Pascanas (otrora Pueblo Castellano) - 16:42 - Arribo.
Referencias:
SP - Sin parada.
PT - Parada temporal o ascenso y/o descenso pasaje eventual.
(*) Corral de Bustos-Ifflinger (Nombre oficial de la ciudad de Corral de Bustos).
(**) Una de las sedes de la “Fiesta Nacional del Mate”.
(***) Sede de la “Fiesta Nacional del Malambo”
Reciban Uds., todo mi respeto.
Los servicios que eran de Coata con unidades con internos de la centena del 200 y denominación Coata & Córdoba.
Agradeciendo infinitamente la información compartida en el resto de vuestro comentario, el cual me es de suma utilidad, y que procedo a volcar en mis archivos.
Reciba Ud., todo mi respeto.
Nota agregada a posteriori:
De tratarse del móvil Chapa Nro. 0026, estaríamos “prima facie” frente a la unidad obrante en el fichero Nro. 113993.
"Todo es ( o se ve), de acuerdo al color con el cristal con que se mire".
Si la empresa presta Servicios Pciales., no debería tener habilitación nacional, solo le basta con una pcial..
Lo mismo ocurre para los scios de tpte. para turismo locales.
Si presta scios. por fuera del territorio pcial. y merced al espectro burocrático, es posible que se le exijan ambas habilitaciones, como mínimo la primera.
El n° de Linea Nacional o Habilitación Nacional (Mtrio. de Tpte. de la Nación - Secret. .... - C.O.N.T.A. - C.N.R.T.) debe estar seguido de "/ año" y precedentemente el n° de expediente que tramitó la adjudicación resultante, digo esto porque el n° de Linea/Habilitación Nacional/Turismo según sea el caso, me parece muy alto de ser uno asignado-vigente ( "67051").
Pero por otro lado, cuando se inicio el tema de los "SUBSIDIOS", y atención que no fue sobre un solo tópico, se crearon diferentes listados de mayoritarias empresas que los solicitaron y a las que se les adjudicaron, como a las que se les rechazó en algunos casos, aprobó condicional en otros y suspendieron por varios motivos de incumplimientos.
Esos listados a los fines estadísticos tenían como referencia un número ordenador, el n° C.U.I.T. y denominación de la Empresa, o Persona, o Sucesiones indivisas prestatarias.
Volviendo sobre las palabras " prima facie ", lo que me queda en claro es que donde se mete el Estado, termina generando un flor de " Kilombus" verbo compuesto del latín " que en su acepción más directa significa en castellano de la calle: "Kilos de dinero pagados por una ventaja dada por el erario y no le asigno público para no ser redundante. "
En realidad, la descripción de una empresa y sus unidades debería ser así:
Razón social: Águila Dorada Bis S.R.L.
Empresa Nro.: 06755
Móvil Chapa Nro.: 0090
Línea Nro.: 6755SP1 - 6755SP2 - 6755TU4
6755 - (Línea Matriz) / SP (Servicio Público) / 1 (Recorrido “Oberá (Mis) a Gdor. Virasoro (Ctes)”
6755 - (Línea Matriz) / SP (Servicio Público) / 2 (Recorrido “San Pedro (Mis) a Resistencia (Ch)”
6755 - (Línea Matriz) / TU (Turismo Nacional) / 4 (Recorrido ID 3873 Turismo Nacional Interurbano).
Como puede apreciar es bastante voluminoso identificar a una empresa o unidad con estos datos, por ello en mi caso salvo contadas excepciones, procedo a detallar el número de empresa como línea a no ser que sea necesario.
Empresa Córdoba S.R.L. y Compañía de Ómnibus Argentina de Transporte Automotor Ltda. S.A. poseen el “número de empresa” 67043 y 67051 respectivamente, este las habilita como registrada y con ese número tramitan todo lo relacionado con el sistema federal de transporte, para solicitar subsidios al gasoil, líneas de servicios públicos de pasajeros y turismo nacional, incluso viajes turísticos eventuales al exterior.
Deseando que lo manifestado mas arriba, le pueda ser de utilidad, reciba Ud., todo mi respeto.
A modo de ejemplo cito el caso de la empresa (URBANA) M.O.G. SAN MARTIN S.A. (707) que no pudo asignarse para sí hasta tanto la autoridad lo definiese, las lineas L. 700 ( 707 x 700) y la más reciente de mayor importancia L. 333 (707 x 333) y que no hace mucho ya lo luce como propio (sin el " X " ), manteniendo hasta ese acto administrativo su carácter de prestataria transitoria y precaria.
En la LD., ocurre lo mismo con las adjudicadas a una de las del Grupo VIA BARILOCHE / T.A. PLUSMAR S.A. / UNION PLATENSE, ante la caducidad de las habilitaciones para prestar servicios de transporte público de pasajeros en la modalidad que fuere, y que tenía por un lado al llamado Grupo EL RAPIDO (CALVETE), y por el otro las de RIO PARANA S.A., cambiaron las empresas prestatarias con sus datos de identificación y demás yerbas, pero lo que NO CAMBIARON fueron las LINEAS (trazas aprobadas de antigua data, numeradas como LINEAS 3xx - 2xx ..a modo de ejemplo...) y que ante cualquier consulta, manifiesto, reclamo territorial o superposición, se debe hacer explícita referencia en los exptes. que se generen por "Mesa de Entrada" si fuera el caso de la Pcia. de Bs. As..
Para este último, el Acto Administrativo fue de inmediato y no por mesa de entradas, sino en la "cocina gourmet de Master-Chef" por la importancia del territorio pretendido y social, y no dejo de reconocer que las prestaciones de las caídas eran bastante pobres. Declaro y critico las formas y métodos empleados.
Para el señalado ejemplo de AGUILA......., esa condición de "debiera" me gustaría conocer donde está indicada, o es una simple iniciativa declaratoria con fines de enunciación completa de todos los caracteres de la empresa.
Hasta el presente, nunca leí en los Expedientes y Resoluciones en los que me ve vi involucrado, referencia a la terminología " Linea Matriz ", pudiera ser troncal, pudiera ser desdoblamiento, superposición, pero matriz nunca, salvo que estemos hablando de "LA MATRIZ de una POLÍTICA de TPTE. a implantar .
Es probable que con la vejez, mi ignorancia se acreciente, pero solo eso.
Respecto a lo que usted menciona como “línea matriz”, lo único que puedo asociar a esa expresión es a lo que comúnmente se llama como “línea madre”, y que no es otra cosa que el SP de carácter interjurisdiccional de mas de 50 KM de distancia y que les permitió a las empresas permisionarias en el año 1992 a partir de la entrada en vigencia del Decreto 958/92 a pedir tráficos libres, y de esa manera expandirse por todo el territorio nacional. Ese servicio no deja de ser un SP mas, pero algunos lo llaman de esa manera.