busarg.com.ar

Pedacitos de Historia


Home :: Login
Album list :: Last uploads :: Last comments :: Most viewed :: Top rated :: My Favorites :: Search

Home > 002 - Líneas de Concesión Nacional 051/100

Un 86 con cartelera tradicional
Entre 1970 y 1971 la Secretaría de Transportes dictó normas para la confección de las carteleras luminosas delanteras. El número debía ser negro sobre fondo blanco y el espacio dedicado a los destinos, si era de fondo oscuro, debían contar con letras claras.
Curiosamente, este Mercedes Benz LO-1112 carrozado por La Estrella fue fabricado en 1970, poco antes de que se dictara esta disposición. Pero llegó a salir a servicio con la bandera tradicional de Fournier, de fondo todo rojo y con inscripciones oscuras. Debió llevarla muy poco tiempo, porque quizás salió semanas antes del cambio de reglamento. Es raro ver un coche de este modelo con esta presentación.
117856.jpg 117924.JPG 117872.jpg 117986.jpg 117852.jpg
Rate this file (current rating : 4 / 5 with 2 votes)
Rubbish
Poor
Fair
Good
Excellent
Great
File information
Filename:117872.jpg
Album name:busarg / 002 - Líneas de Concesión Nacional 051/100
Rating (2 votes):
Chasis/Año:Mercedes Benz LO-1112 / 1970
Carrocería:La Estrella
Empresa / Línea:Emp. de Ttes. Fournier / Línea 86
Ciudad / Provincia / País:Buenos Aires / Argentina
File Size:33 KB
Date added:Dec 27, 2022
Dimensions:531 x 386 pixels
Displayed:530 times
URL:http://busarg.com.ar/fotogaleria/displayimage.php?pos=-17789
Favorites:Add to Favorites
Carlos_5576  [Dec 27, 2022 at 07:56 PM]
Este coche tiene que ser modelo 1970, pues la normativa es de junio de ese año, publicada a principios de septiembre, y daba un plazo de 90 días para su aplicación. A continuación el texto de la famosa resolución:

-------------------------
Secretaría de Obras Públicas y Transporte
AUTOTRANSPORTE
Apruébanse las normas relativas a los números identificadores de líneas, para los vehículos afectados a los servicios urbanos y suburbanos de autotransporte colectivo de pasajeros.
RESOLUCION S.E.O.P.T. N° 612
Bs. As., 15/6/70
Boletín oficial 7/9/70

Visto la necesidad de uniformar y dar mayor visibilidad a los números identificadores de líneas, en los vehículos afectados a los servicios urbanos y suburbanos de autotransporte colectivo de pasajeros, sometidos al contralor y fiscalización de esta Secretaría de Estado; y
CONSIDERANDO:
Que actualmente se emplean trazos de distintos estilos en la escritura de los mismos, dimensiones disímiles y colores a elección de la empresa prestataria;
Que, en algunos casos, por ausencia de un contraste adecuado de tonos, ancho de trazo y escasa intensidad luminosa en el tablero frontal, resulta difícil, sobre todo en horas de la noche, identificar de inmediato la línea de que se trata;
Que el nuevo Reglamento de vehículos destinados al autotransporte público de personas, prevé la utillzación de escritura normalizada para estos fines, en las nuevas unidades que se incorporen al servicio;
Que en cuanto a los vehículos en funcionamiento es preciso uniformar y fijar plazo para que se adecuen los mismos a las normas que se establecen en la presente resolución;
Par ello. y atento a lo Informado por la Dirección Nacional de Transportes Terrestres
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE
Resuelve:

Artículo 1° - Apruébanse las normas establecidas en el Anexo 1 que forma parte integrante de esta resolución relativa a los números identificadores de líneas para los vehículos afectados a los servicios urbanos y suburbanos de autotransporte colectivo de pasajeros sometidos al contralor y fiscalización de esta Secretaría de Estado.
Artículo 2° - Otórgase un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha de la presente resolución para que las líneas en funcionamiento adecuen sus vehículos a las normas aprobadas en el artículo anterior.
Artículo 3° - Regístrese. notifíquese a las asociaciones de transporte de vehículos de autotransporte de pasajeros y a la Comisión Permanente de la Industria Carrocera Argentina; cumplido pase a la Dirección Nacional de Transportes Terrestres a sus efectos.
Ressia.
Anexo 1 a la Resolución S.E.O.P.T. N° 612
NORMAS RELATIVAS A LOS NÚMEROS IDENTIFICADORES DE VEHÍCULOS
I - Los números identificadores de líneas en la parte delantera de los vehículos de autotransporte urbano y suburbano de pasajeros serán de tipo normalizado, del mayor tamaño que permita el espacio disponible en la luneta frontal, dentro de las siguientes medidas mínimas:
Alto ………………………………… 0,2 m.
Ancho: un sólo número .. 0,11 m
dos (2) números ............. 0,24 m.
tres {3) números ............ 0,34 m.
Dimensión del trazo ......... 0.03 m.
Separación ..................... 0,025 m.
II - Los números identificadores a que hace referencia el punto anterior, serán de color negro sobre fondo blanco, iluminados en forma homogénea con tres (3) lámparas de quince (15) vatios cada una como mínimo, y su visibilidad de noche, con tiempo normal, no ·será inferior a los treinta (30) metros. Se podrá utilizar una mayor cantidad de lámparas, siempre que el consumo total sea de cuarenta y cinco (45) vatios, como mínimo.
III - El recuadro de los números indicadores de línea será rectangular sin barras que lo deformen o que obstaculicen la lectura de los mismos.
IV- En los restantes espacios de la luneta frontal destinados a leyendas indicadoras de recorrido, podrán utilizarse letras y fondos de colores a opción de las empresas, pero manteniendo uniformidad para cada línea.
Ressia.
LUIS ESPINOSA  [Dec 27, 2022 at 09:23 PM]
Interesantísimo aporte de Carlos.
Leyéndolo en detalle solo me queda la dudad de por qué algunas líneas de Media Distancia contempladas en la norma no lo aplicaron, tales como la 57, 129 o 147, en las que solo aparecían escuetos números pintados sobre la carrocería o en la caso de la Río ni eso.
busarg  [Dec 28, 2022 at 11:30 AM]
Tu aporte es fenomenal, Carlos. Entonces este coche es de 1970 claramente. Jamás había leído la resolución tan al detalle ni conocía la fecha exacta. De corazón agradecido, amigo.
Carlos_5576  [Dec 28, 2022 at 07:59 PM]
Luis, habría que ver qué encuadraban como urbano y suburbano, posiblemente esas líneas no estuvieran incluidas
Abelucho  [Dec 28, 2022 at 09:03 PM]
La 338 es otra que el número de línea siempre fue casi inexistente
Carlos_5576  [Dec 28, 2022 at 10:11 PM]
Ojo Abelucho que la normativa era para jurisdicción nacional, en provincia hay muchos casos de líneas de media / larga distancia que no han llevado (ni llevan) el número.